La lista oficial del Ministerio de RR.EE. de Tailandia incluye a Colombia SOLO en pasaportes diplomáticos/oficiales (90 días). El pasaporte ordinario colombiano NO tiene exención ni visa a la llegada: debe tramitar Visa de Turista electrónica (eVisa) antes de viajar en thaievisa.go.th. Fuente oficial
La Visa de Turista (TR) de entrada única permite una estadía de hasta 60 días. Debe solicitarse en línea con cuenta en el portal oficial de eVisa. Fuente oficial
El pasaporte debe estar vigente al menos 6 meses más allá del periodo de estadía previsto en Tailandia. Fuente oficial
Todo viajero debe diligenciar la Thailand Digital Arrival Card (TDAC) en línea, hasta 3 días antes de la llegada; reemplaza el antiguo formulario TM6 en papel. Fuente oficial
La solicitud de eVisa requiere datos de alojamiento (dirección del hotel) y puede exigir comprobante de fondos suficientes para la estadía. Fuente oficial
Se recomienda portar prueba de tiquete de salida del país, que puede ser solicitada por migración o la aerolínea al abordar. Fuente oficial
Para salir de Colombia (y para entrar) hay que diligenciar el formulario Check-Mig de Migración Colombia entre 72 horas y 1 hora antes del vuelo, en migracioncolombia.gov.co (opción Check-Mig). Es gratuito. Migración Colombia lo incluye entre los documentos que se deben presentar para salir del país, junto con el pasaporte y el tiquete de salida.
Menores de edad colombianos: pasaporte colombiano vigente, copia del registro civil de nacimiento actualizado y tiquete de salida. Si no viajan con ambos padres, permiso de salida del padre o madre que no acompaña, autenticado ante notaría y presentado en original el día del viaje (Ley 1098). Si el padre o madre está en el exterior, puede otorgarlo ante un consulado colombiano o ante notaría extranjera con apostilla. También sirve el permiso de un Juez de Familia o Defensor de Familia del ICBF.
Web check-in: aerolíneas low-cost desde 48 horas antes; legacy desde 24 horas.
Mayores de 75 años: verificar condiciones de la asistencia médica; puede requerir cobertura ampliada.
Es deber del pasajero informarse y cumplir los requisitos migratorios y sanitarios de su destino (Resolución 411, numeral 3.6.18).
Los requisitos cambian: antes de viajar confírmalos en las fuentes oficiales o con tu asesor.
Última verificación: 10 de julio de 2026.