Desde nov-2024 TODOS los colombianos requieren visa para cualquier propósito, incluido tránsito (Visa de Tránsito Directo para escalas). La ETA NO aplica a colombianos. Fuente oficial
Desde el 1 de julio de 2026 el Reino Unido ya no pega visas (viñeta o sticker) en el pasaporte: la visa aprobada es una eVisa digital que se consulta en la cuenta UKVI. Antes de viajar, ingrese a su cuenta UKVI y verifique que la eVisa esté vinculada al pasaporte con el que va a viajar. Fuente oficial
Trámite ~3 semanas desde la cita biométrica; iniciar 6-8 semanas antes del viaje. No comprar tiquetes no reembolsables sin la visa aprobada. Fuente oficial
Para salir de Colombia (y para entrar) hay que diligenciar el formulario Check-Mig de Migración Colombia entre 72 horas y 1 hora antes del vuelo, en migracioncolombia.gov.co (opción Check-Mig). Es gratuito. Migración Colombia lo incluye entre los documentos que se deben presentar para salir del país, junto con el pasaporte y el tiquete de salida.
Menores de edad colombianos: pasaporte colombiano vigente, copia del registro civil de nacimiento actualizado y tiquete de salida. Si no viajan con ambos padres, permiso de salida del padre o madre que no acompaña, autenticado ante notaría y presentado en original el día del viaje (Ley 1098). Si el padre o madre está en el exterior, puede otorgarlo ante un consulado colombiano o ante notaría extranjera con apostilla. También sirve el permiso de un Juez de Familia o Defensor de Familia del ICBF.
Web check-in: aerolíneas low-cost desde 48 horas antes; legacy desde 24 horas.
Mayores de 75 años: verificar condiciones de la asistencia médica; puede requerir cobertura ampliada.
Es deber del pasajero informarse y cumplir los requisitos migratorios y sanitarios de su destino (Resolución 411, numeral 3.6.18).
Los requisitos cambian: antes de viajar confírmalos en las fuentes oficiales o con tu asesor.
Última verificación: 25 de octubre de 2026.