Los colombianos que viajan como turistas no requieren visa; ingresan con pasaporte y pueden permanecer hasta 90 días. Para trabajo o estudios se requiere visa específica. Fuente oficial
El pasaporte debe estar vigente, en buen estado y con al menos 6 meses de vigencia desde el momento del ingreso. Fuente oficial
Se debe completar en línea, antes del vuelo, la Declaración Jurada del Viajero Regional; genera un código QR que debe presentarse al arribo. Fuente oficial
Obligatorio presentar el certificado internacional de vacunación contra fiebre amarilla; la vacuna debe haberse aplicado al menos 10 días antes del ingreso. Fuente oficial
Presentar prueba de salida del país (tiquete de regreso a Colombia o a un tercer país) dentro del tiempo de estadía permitido. Fuente oficial
Puede solicitarse reserva de alojamiento por la estadía completa o, si se hospeda con familiares/amigos, carta de invitación firmada con dirección, teléfono y copia de documento del anfitrión. Fuente oficial
Para salir de Colombia (y para entrar) hay que diligenciar el formulario Check-Mig de Migración Colombia entre 72 horas y 1 hora antes del vuelo, en migracioncolombia.gov.co (opción Check-Mig). Es gratuito. Migración Colombia lo incluye entre los documentos que se deben presentar para salir del país, junto con el pasaporte y el tiquete de salida.
Menores de edad colombianos: pasaporte colombiano vigente, copia del registro civil de nacimiento actualizado y tiquete de salida. Si no viajan con ambos padres, permiso de salida del padre o madre que no acompaña, autenticado ante notaría y presentado en original el día del viaje (Ley 1098). Si el padre o madre está en el exterior, puede otorgarlo ante un consulado colombiano o ante notaría extranjera con apostilla. También sirve el permiso de un Juez de Familia o Defensor de Familia del ICBF.
Web check-in: aerolíneas low-cost desde 48 horas antes; legacy desde 24 horas.
Mayores de 75 años: verificar condiciones de la asistencia médica; puede requerir cobertura ampliada.
Es deber del pasajero informarse y cumplir los requisitos migratorios y sanitarios de su destino (Resolución 411, numeral 3.6.18).
Los requisitos cambian: antes de viajar confírmalos en las fuentes oficiales o con tu asesor.
Última verificación: 10 de julio de 2026.