Los colombianos con pasaporte ordinario ingresan a los Emiratos Árabes Unidos sin visa previa y sin costo: al llegar reciben un permiso de entrada de hasta 90 días para turismo, por el acuerdo mutuo de exención de visas vigente desde el 5 de marzo de 2020. No permite trabajar. Fuente oficial
El pasaporte debe tener vigencia mínima de 6 meses desde la fecha de entrada a los EAU. Fuente oficial
Se recomienda portar tiquete de salida o continuación del viaje dentro del período autorizado. Fuente oficial
Se recomienda comprobante de alojamiento (reserva de hotel) y recursos económicos suficientes para la estancia. Fuente oficial
Los Emiratos exigen el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla a viajeros de 9 meses o más que lleguen desde países con riesgo de fiebre amarilla (Colombia lo es) o que hayan hecho escala de más de 12 horas en un aeropuerto de esos países. Vacúnese con al menos 10 días de anticipación y lleve el carné internacional. Fuente oficial
Para salir de Colombia (y para entrar) hay que diligenciar el formulario Check-Mig de Migración Colombia entre 72 horas y 1 hora antes del vuelo, en migracioncolombia.gov.co (opción Check-Mig). Es gratuito. Migración Colombia lo incluye entre los documentos que se deben presentar para salir del país, junto con el pasaporte y el tiquete de salida.
Menores de edad colombianos: pasaporte colombiano vigente, copia del registro civil de nacimiento actualizado y tiquete de salida. Si no viajan con ambos padres, permiso de salida del padre o madre que no acompaña, autenticado ante notaría y presentado en original el día del viaje (Ley 1098). Si el padre o madre está en el exterior, puede otorgarlo ante un consulado colombiano o ante notaría extranjera con apostilla. También sirve el permiso de un Juez de Familia o Defensor de Familia del ICBF.
Web check-in: aerolíneas low-cost desde 48 horas antes; legacy desde 24 horas.
Mayores de 75 años: verificar condiciones de la asistencia médica; puede requerir cobertura ampliada.
Es deber del pasajero informarse y cumplir los requisitos migratorios y sanitarios de su destino (Resolución 411, numeral 3.6.18).
Los requisitos cambian: antes de viajar confírmalos en las fuentes oficiales o con tu asesor.
Última verificación: 25 de octubre de 2026.